La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un nuevo régimen tributario para quienes compren paquetes turísticos y pasajes para viajar al exterior, por los cuales deberán pagar 20% sobre el precio de los mismos, alícuota que se podrá tomar a cuenta de los impuestos a las Ganancias o a los Bienes Personales. Así, surge un virtual “dólar turista”, de aproximadamente $ 6,11. Así, a través de la Resolución General 3450 publicada en el Boletín Oficial, se amplió el régimen de percepciones impositivas que se aplica a las compras con tarjetas de débito y crédito en el exterior, y a las operaciones con estos mismos instrumentos a través de Internet.
La percepción "se aplicará sobre las operaciones de adquisición de bienes y prestaciones, locaciones de servicios y adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito o compra, administradas por entidades del país". Es decir, se eleva de 15 a 20 por ciento la alícuota que ya se aplicaba.
También se estableció que "resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen -mediante la utilización de Internet- en moneda extranjera".
Quedan alcanzadas "las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y minoristas- del país".
También se incluyen "las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país". En estos dos últimos casos, la percepción regirá tanto para el pago con tarjetas como en efectivo.
La Resolución fijó que "las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta" de los impuestos sobre los Bienes Personales y a las Ganancias.
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