Desde la semana pasada resulta prácticamente imposible conseguir autorización para comprar monedas extranjeras para viajes al exterior. Además, ahora también las resoluciones judiciales en ese sentido deberán ser informadas previamente al BCRA (Com. “A” 5361). Con relación a los préstamos en dólares (Com. (“A” 5362) se estableció que deben ser cambiados a pesos el mismo día en la entidad otorgante, mediante una operación de cambio. La norma agrega el detalle de los pocos casos en que podrán utilizarse directamente para pagar deudas en el exterior. (J.A.N.)
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