jueves, 13 de junio de 2013

Reglamentaron el funcionamiento de los Cedin

El Banco Central de la República Argentina publicó la reglamentación de los Certificados de Depósito para Inversión (Cedin) . Estos serán emitidos por los bancos a partir de dólares depositados por adherentes al régimen de blanqueo, los cuales quedarán encajados en su totalidad en el BCRA. Los tenedores de estos instrumentos podrán utilizarlos para pagar operaciones de toda índole, desde inmuebles hasta materiales de construcción. La reglamentación define al Cedin como un instrumento de pago y financiero destinados a la realización de inversiones en el sector inmobiliario y de la construcción. Para obtenerlos, los interesados deberán depositar dólares estadounidenses en un banco y solicitar la emisión de los Certificados (uno o más), por un importe total equivalente al depositado. Las entidades no podrán aplicar cargos adicionales. Cada Cedin será emitido por un mínimo de 100 y un máximo de 100.000 dólares y podrán ser nominados por números no redondos. Pueden ser utilizados para el pago de operaciones de toda índole, en la medida en que la contraparte lo acepte. Pero la contraparte debe tener presente que para convertirlos a dólares deben previamente haberse aplicado a los destinos previstos en la ley, con anterioridad o con posterioridad a su aceptación y recepción como medio de pago en operaciones inmobiliarias y relacionadas con la construcción.

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