martes, 3 de noviembre de 2015

Rige plenamente desde este mes el nuevo convenio de Argentina con Suiza, ¿fin al secreto bancario y fiscal?

El próximo 27 de noviembre entrará en vigor y estará plenamente operativo el nuevo convenio entre la Argentina y Suiza para evitar la doble imposición e intercambiar información fiscal y financiera entre ambos países. “Es la primera vez que la Argentina puede concretar un convenio de este tipo”, señaló el administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, luego de un encuentro celebrado en la Cámara de Comercio Suizo Argentina y destacó que “trabajamos mucho para que este acuerdo fuera tratado en tiempo récord por el Parlamento argentino ya que nos permite fortalecer la relaciones comerciales entre ambas naciones”. Sus disposiciones tendrán efecto para ambos Estados, con respecto a: a) Los impuestos retenidos en la fuente, sobre los montos pagados: a partir del 01/01/2015, b) Otros impuestos sobre la renta o sobre el patrimonio: para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 01/01/2016, y c) El intercambio de información relativa a años fiscales o años comerciales que comiencen a partir del 01/01/2016. El nuevo acuerdo contempla la potestad para la Argentina de aplicar retenciones por pagos de regalías a empresas suizas y permite la imposición de las acciones y participaciones sociales con impuestos patrimoniales. Además elimina la cláusula de la nación más favorecida, que comprometía los tratamientos que pudieran acordarse con terceros países en futuras negociaciones de convenios tributarios. También establece una cláusula general antiabuso, a fin de que residentes de terceros países no se aprovechen indebidamente de los beneficios del convenio mediante la estructuración de planificaciones fiscales abusivas que resulten en una doble no imposición.

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